Sociedad

Un jubilado se pone a trabajar en un bar por 180 euros, le acaban pillando y la Seguridad Social le sanciona con 29.000 euros

En Italia, un hombre accedió a servir bebidas en un evento de rally “por echar una mano” y acabó siendo multado por incumplir su jubilación anticipada.

Una cerveza artesanal puede resultar mucho más satisfactoria
Daniel Ceped
Nació en Sabáñigo (Huesca) en 2002. Está estudiando Periodismo y Comunicación Audiovisual en la Universidad Carlos III de Madrid. Entró en Diario AS en 2024.
Actualizado a

Entre 2019 y 2021 el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INPS) de Italia implantó una medida que permitía acceder a la jubilación anticipada a las personas con al menos 62 años cumplidos y habían acreditado 38 años o más de cotización. Este mecanismo, llamado Cuota 100 porque la suma de edad y años trabajados alcanza la centena, se implantó para aliviar el mercado laboral, pero a partir de 2021 ya no es posible acceder a este modelo.

Eso sí, la Cuota 100 incluía unos requisitos muy concretos y cuyo incumplimiento conlleva sanciones graves para quienes en su momento accedieron a este tipo de jubilación anticipada. Por ejemplo, los beneficiarios de este tipo de pensión anticipada no pueden realizar empleos remunerados, independientemente de los días trabajados o el sueldo.

Multado con 29.000 euros por trabajar cuatro días

En Italia, concretamente en la región de Udine, un hombre de 66 años que cobra una pensión por jubilación anticipada, accedió a colaborar en un evento de Rally celebrado en la localidad en la que vive. Su trabajo consistió en servir bebidas durante los cuatro días que duró la competición, y a cambio recibió un pago de 180 euros.

Su sorpresa llegó cuando el INPS le informó de que se le había impuesto una sanción de 29.000 euros, que es el equivalente a un año de su pensión. La Seguridad Social se acogía a los requisitos de la Cuota 100, que especificaba que el único empleo que se puede desempeñar bajo este régimen son trabajos autónomos cuyos ingresos no superen los 5.000 euros al año.

Solo trabajó por ayudar en el evento

El hombre explicó que había aceptado el trabajo por echar una mano en el evento, y que incluso se había ofrecido a hacerlo gratis. Sin embargo, tuvo que firmar un contrato de guardia que cubriese los costes del seguro, y es entonces cuando comenzaron sus problemas. Al haber un contrato de por medio, el Tribunal del Trabajo dió la razón al INPS al considerar su colaboración como una actividad laboral remunerada.

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Además, el jubilado se defendió diciendo que antes de aceptar el trabajo había acudido a una oficina de la Seguridad Social en la que le garantizaron que su participación en el evento no suponía una infracción. Por el momento, ninguna de sus reclamaciones ha servido y está obligado a pagar 430 euros mensuales durante los próximos cinco años.

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