LEY DE BIENESTAR ANIMAL

Los lugares en los que está prohibido dejar al perro suelto con la nueva Ley de Bienestar Animal

Lugares públicos o privados de público, espacios naturales protegidos o cañadas, son algunos de los lugares donde está prohibido.

La perra Maya lleva tres días esperando a su dueña Sandra Iniesta en la puerta del Hospital General Universitario de Elda. Repasamos otras cinco historias que demuestran la lealtad de los perros a sus amos.
Actualizado a

La Ley de Bienestar Animal entró en vigor el pasado 29 de septiembre, y recoge diferentes prohibiciones para los dueños de los perros. Entre ellas, aquellas relacionadas con dejar sueltos a los canes durante los paseos por la calle.

Según recoge la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, en su artículo 25 sobre las prohibiciones generales con respecto a los animales de compañía y silvestres en cautividad, está prohibido dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños a las personas, al ganado o al medio natural.

Por ello, los lugares donde está prohibido dejar sueltos al perro son los lugares públicos, los lugares privados de público como los Parques Nacionales, cañadas donde pastan rebaños o animales, y otros espacios naturales protegidos, es decir, aquellos espacios que contengan sistemas o elementos naturales representativos de especial interés, y que estén dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica.

Estas prohibiciones, se suman otras como la de “mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento”. Con la nueva ley, no se podrá dejar al perro solo en la puerta de tiendas y/o establecimientos mientras el dueño compra o consume en ellos.

Otras prohibiciones recogidas por la ley

Noticias relacionadas

Otra de las prohibiciones recogida por la mencionada ley es la de “mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos”. El periodo máximo para dejar solos a los perros en el domicilio es de 24 horas. La ley también prohíbe la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales”.

En cuanto a su a tiendas y establecimientos, estos autorizarán su entrada con la condición de que “no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública”.

Etiquetado en:

Te recomendamos en Sociedad

Productos recomendados