Le despiden ‘de buen rollo’ por estar de baja médica y la Justicia se posiciona tras ver los WhatsApp: “Elige el difícil y nos sufrirás”
El trabajador llevó el caso al Tribunal Superior de Justicia, y finalmente la empresa tendrá que indemnizarle y reitirle.


Un trabajador del sector de la hostelería que prestaba sus servicios en la empresa Terraza de Recoletos 31 SL fue despedido durante un periodo de baja. El empleado llevó el caso al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que le ha acabado dando la razón al considerar que se trataba de un caso de despido nulo.
Concretamente, trabajaba desde febrero de 2023 como jefe de comedor, y cobraba un salario bruto de 2.081 euros mensuales. Ese mismo año comenzó un periodo de baja de poco más de 30 días para realizar una intervención quirúrgica en el pie, pero antes de finalizar su tiempo de baja la empresa le comunicó que estaba despedido por “causas objetivas”.
Le despidieron de “buen rollo”
Seguramente, lo más sorprendente de este caso es la forma en la que la empresa le notificó empleado de su despido. Pocos días antes de que el cese del contrato fuese efectivo, el trabajador recibió una llamada por parte de la empresa en la que un responsable le pedía llegar a un acuerdo: “resulta que, ya sabes, que tenemos mucho lío de trabajo, que necesitan gente y que bueno, que puede ser que lo tuyo vaya un poco retrasado, y que, de buen rollo, lleguemos a un acuerdo”.
En esa misma llamada, el responsable de la empresa reconoció que lo que estaban haciendo era ilegal, que sabían que cuando un empleado está de baja no se le puede despedir, pero que la empresa ya lo había hecho con más gente.
El empleado impugnó el despido
Meses después de despedir al jefe de comedor, la empresa le ofreció una reisión para el verano, pero el empleado rechazó la oferta y confirmó a Terraza de Recoletos 31 SL que impugnaría su despido. A esta decisión le siguió un mensaje de WhatsApp enviado por la empresa que fue clave en la decisión del TSJM por el tono amenazante: “todavía estás a tiempo de rectificar y que pueda recomendarte en tus futuros trabajos, nos encargaremos de contar a tus jefes la clase de trabajador que eres. Es sencillo, elige el camino fácil y me tendrás. Elige el difícil y nos sufrirás”.
El trabajador presentó una demanda ante el Juzgado de lo Social nº 7 de Madrid, que en un primer momento declaró el caso como despido improcedente. Sin embargo, el demandante solicitó al TSJM que el despido fuese calificado nulo en lugar de improcedente. Justificó que se trataba de un caso de discriminación y exigió una indemnización por daños morales.
Finalmente, el TSJM declaró el despido como nulo, obligando a la empresa a reitirle en las mismas condiciones laborales y a abonar una indemnización de 4.000 euros por daños y perjuicios.
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