Sociedad

Despiden a una trabajadora tras faltar 29 días en dos meses y acaba ganando una indemnización de 30.000 euros

Ha ocurrido en Alicante a una cajera de supermercado. Tenía contrato indefinido desde 2003 y el juez ha declarado improcedente la extinción del contrato.

Fachada del supermercado Lidl, a 21 de septiembre de 2023, en Madrid (España). Lidl es una cadena de distribución alimentaria con presencia desde hace más de 25 años en España. Es el tercer operador del sector por cuota de mercado.
21 SEPTIEMBRE 2023;MADRID;SUPERMERCADOS
Eduardo Parra / Europa Press
21/09/2023
Eduardo Parra | Europa Press
Actualizado a

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha declarado improcedente el despido de una trabajadora de la cadena de supermercados Lidl en Alicante, lo que le ha supuesto una indemnización de casi 30.000 euros. La empleada, una cajera con contrato indefinido y una antigüedad en la empresa desde 2003, fue despedida tras faltar 29 días en dos meses debido a bajas médicas por incapacidad temporal.

Los hechos se remontan a febrero y marzo de 2019, cuando la trabajadora se vio obligada a ausentarse por problemas de salud. Su primera baja, del 20 de febrero al 8 de marzo, sumó 13 días consecutivos. Posteriormente, entre el 22 de marzo y el 12 de abril, acumuló un nuevo periodo de incapacidad temporal de 16 días. A pesar de que ambas bajas estaban justificadas y certificadas por los servicios médicos oficiales, Lidl consideró que el total de 29 días de ausencia superaba el 20% de las jornadas laborales hábiles y procedió a su despido por absentismo laboral, amparándose en el artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores, vigente en ese momento.

Un absentismo laboral mal razonado

No obstante, el TSJCV concluyó que Lidl había incurrido en un error en el cálculo de las ausencias. Según la normativa laboral, las bajas médicas superiores a 20 días consecutivos no deben ser consideradas como faltas de asistencia a efectos de un despido objetivo por absentismo. De este modo, al descontar los 16 días consecutivos de baja, la trabajadora solo había faltado 13 días de manera intermitente, lo que no alcanzaba el límite establecido para justificar el despido.

Ante este fallo, el tribunal ordenó que Lidl reitiera a la trabajadora en su puesto con las mismas condiciones previas al despido o, en su defecto, le abonara una indemnización. En total, la empleada recibió 29.194,69 euros, a lo que se sumaron los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la resolución judicial.

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