Ni 67 ni 65 años: los trabajadores que pueden jubilarse de forma anticipada a partir de los 52 años con el 100% de la pensión
Para poder jubilarse en esta edad anticipada, los trabajadores deberían haber desempeñado una clase de oficios específicos.

En España es posible jubilarse a los 65 años en 2025, siempre y cuando se hayan cotizado más de 38 años y tres meses a la Seguridad Social. En caso contrario, la edad de jubilación es de 66 años y ocho meses para aquellas personas que hayan cotizado menos de 38 años y tres meses.
Además, también se puede adelantar hasta dos años el retiro de forma voluntaria y jubilarse a los 63 años o 64 años y ocho meses, teniendo en cuenta los supuestos anteriores.
En el caso de la jubilación no voluntaria, la cifra se reduce a otros dos ejercicios y es posible dejar de trabajar a los 61 años o 62 años y ocho meses, siguiendo el supuesto indicado en el primer párrafo. Estas son las normas generales que se aplican a la mayoría de trabajadores. Sin embargo, hay ciertos sectores laborales que disfrutan de una normativa específica que les permite jubilarse antes.
Sin embargo, hay algunos sectores y oficios específicos que pueden acceder a una jubilación anticipada, incluso a partir de los 52 años y cobrando el 100% de la pensión.
En qué casos es posible jubilarse a partir de los 52 años
Aquellos oficios que permiten a los trabajadores jubilarse de manera anticipada, tienen una cosa en común entre todos ellos. Todos son profesiones con una “naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre”, explican desde la Seguridad Social.
Asimismo, suelen tener unos índices altos de mortalidad o morbilidad. De esta manera, aquellos trabajadores que desempeñen este tipo de oficios, podrán solicitar la jubilación anticipada a partir de los 52 años en algunos casos.
Qué profesiones pueden jubilarse a los 52 años
- Trabajadores del Estatuto Minero: Este tipo de trabajadores pueden tener a jubilarse a los 52 años. Estos coeficientes son de entre 0,05 y 0,5 sobre los años trabajados, por tanto, una persona que haya cotizado 10 años podría adelantar 5 años el momento del retiro.
- Personal de vuelo en trabajos aéreos: los trabajadores que desempeñan su oficio en este sector, pueden retrasar entre un 0,4 y un 0,3% la edad de jubilación dependiendo de la tarea que realicen.
- Trabajadores ferroviarios: Pueden adelantar su retiro hasta 10 años y acceder a la jubilación anticipada a los 55 años. En este sentido, los coeficientes reductores para este grupo oscilan entre el 0,15 y el 0,10.
- Trabajadores del Mar: Al igual que los empleados ferroviarios, los trabajadores marítimos pueden adelantar su retiro 10 años y acceder a la jubilación a la edad de 55 años. Estos trabajadores podrán aplicar un coeficiente reductor de entre un 0,1 y un 0,4 según la profesión concreta.
- Artistas: Este grupo comprende artistas, bailarines y trapecistas, que pueden jubilarse a los 60 años recibiendo el 100% de la pensión, siempre y cuando hayan trabajado ocho años dentro de los 21 anteriores a la jubilación.
- Bomberos al servicio de las istraciones: A estos profesionales se les aplica un coeficiente reductor del 0,2 y podrán acceder a la pensión de jubilación a partir de los 60 años o de los 59 años, si cuentan con más de 35 años de cotización.
- Profesionales taurinos: Los rejoneadores, novilleros, matadores y toreros, entre otras profesiones dentro del sector taurino, pueden jubilarse a los 55 años siempre que acrediten un número mínimo de participaciones en eventos.
- Policías locales: Pueden adelantar 6 años el retiro con más de 37 años de actividad.
Jubilarse con el subsidio para personas mayores de 52 años
Los 52 años son una edad clave desde el punto de vista asistencial, ya que es la edad a partir de la cuál, se puede empezar a cobrar el subsidio para personas mayores de 52 años. Este subsidio es una ayuda para personas desempleadas mayores de 52 años y se puede mantener hasta la jubilación.
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